este Tribunal acuerda y decreta:
PRIMERO: La retención sobre el 50% de las prestaciones sociales que pudieren corresponder al ciudadano HENRRY JOSÉ GIL, venezolano, titular de la cédula de Identidad Nº: V-13.862.130, en caso de retiro o renuncia de la Empresa o Institución donde labora, deberá remitir en cheque de gerencia a nombre del Tribunal las referidas prestaciones.-
SEGUNDO: Se ordena la retención de la quinta parte (1/5) de las utilidades o aguinaldos de fin de año, a las que se haga acreedor el ciudadano mencionado, a los fines de cubrir los gastos navideños, los cuales deben ser entregados al hacer efectivo su pago a la ciudadana LEIDY ROCIO GOMEZ SUAREZ, venezolana, titular de la cédula de Identidad Nº V-16.761.761.-
TERCERO: se ordena la retención del equivalente la quinta parte (1/5) del salario mínimo mensual decretado por el Ejecutivo nacional, como obligación de alimentos provisional.
CUARTO: A los fines de hacer efectivo los descuentos y el pago del primero.....