Por las razones anteriormente expuesta, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS Y JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A, del Código Civil Venezolano, presentado por los ciudadanos SARA ISABEL PEREZ DE CASTILLO Y CESAR GREGORIO CASTILLO RANGEL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 9.661.822 y V- 7.264.575, respectivamente. En consecuencia se DECLARA DISUELTO el vinculo conyugal que contrajeron por La Prefectura de la Parroquia Aguas Calientes del Municipio Diego Ibarra del Estado Carabobo, el día 01 de Noviembre de 1.989, según se evidencia en copia certificada del acta de matrimonio, signada con el Nº 147, del año 1.989, folio 147, expedida por La Prefectura de la Parroquia Aguas Calientes del Munic.....