DISPOSITIVA
Este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: Decide: DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO de la Presente Causa, por la presunta comisión del delito de LESIONES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal, en virtud que la acción se encuentra evidentemente prescrita de conformidad con lo establecido en el artículo 108 ordinal 5º del Código Penal, adminiculado con el artículo 318 numeral 3º en concordancia con el artículo 48 numeral 8º ambos del Código Orgánico Procesal Penal, y declara la acción penal extinguida a favor de los ciudadanos JESÚS MANUEL ARÉVALO PINTO, titular de la cédula de identidad nro. V-15.611.30, JUAN DAVID MARIN PATIÑO, titular de la cédula de identidad nro. V-13.870.904, y ROBINSON RAÚL RENTERÍA, titular de la cédula de identidad nro. V-10.851.247.
Notifíquese a las partes de la presente.....