Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la oposición formulada por los abogados GUSTAVO MARTÍNEZ, PEDRO MORALES, ROMMEL ANDRÉS ROMERO GARCÍA y JOSÉ SANTIAGO RODRÍGUEZ, obrando los tres primeros con el carácter de apoderados judiciales del Instituto Autónomo Aeropuerto Internacional de Maiquetía (IAAIM), y el último, como apoderado judicial de la empresa MACINATO CAFÉ 21, C.A., contra la medida cautelar innominada decretada por este Tribunal en fecha 7 de agosto de 2007, cuya vigencia y eficacia se ratifica.