declara CON LUGAR la conversión en DIVORCIO, solicitada por los ciudadanos: VICENTE VALDEMAR ARENAS CHACÓN y BETTINA GARCÍA CENTENO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-4.513.199 y V-4.024.696, respectivamente, en consecuencia de ello queda: DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNÍA, según se evidencia en Certificado de Matrimonio, expedido por el Registro Principal del Estado Monagas, la cual riela en autos al folio tres (03) y cuatro (04) del presente expediente, demostrándose con ello, que en fecha 13 de Diciembre del año 2007, contrajeron Matrimonio Civil.