DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, esta SALA SIETE DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, DECLARA CON LUGAR el recurso de revisión interpuesto por la ciudadana ABG. TERESITA HOFFMANN SÁNCHEZ, en su carácter de Defensora Pública Penal de Presos Nº 36 de este Circuito Judicial Penal, a favor de su defendido penado CAÑA SIMOZA YEI ASUNCIÓN y JOHANSI DURÁN NORIA, titulares de las Cédulas de Identidades Nros. V.- 6.682.784 y 14.351.990, respectivamente, y por ende se MODIFICA la penalidad impuesta a los precitados penados en lo atinente al cambio de pena de presidio por prisión, quedando modificada en los siguientes términos: En lo que respecta al ciudadano CAÑA SIMOZA YEI ASUNCIÓN, en CINCO (5) AÑOS, ONCE (11) MESES, DOS (2) DÍAS y DIECISÉIS (16) HORAS DE PRISIÓN, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN y PORTE ILÍCITO.....