Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte accionante, en consecuencia, SE CONFIRMA la sentencia dictada el 05 de junio de 2024, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay. SEGUNDO: INADMISIBLE la demanda de amparo interpuesta por el ciudadano FRANCISCO JAVIER HERNÁNDEZ MATA, ya identificado, contra la sociedad mercantil ALIMENTOS POLAR COMERCIAL, C.A., PLANTA TURMERO, ya identificada.