Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescenetes de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de La Victoria administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el Artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA DEFINITIVAMENTE FIRME EL INFORME PRESENTADO POR EL PARTIDOR, y por ende todo su contenido incluyendo los avaluos realizados.-