Se ordena la Apertura a JUICIO ORAL Y PÚBLICO a tenor de lo dispuesto en los Artículos 313 ordinal 2° y 314 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, contra del acusado ANGEL LUIS JIMENEZ ANTUAREZ, titular de la cedula de identidad Nº V27.195.624, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTOR, previsto y sancionado en el Artículo 458 concatenado con el 83 del Código Penal, uso de ADOLESCENTE PARA DELIQUIR previsto y sancionado en el artículo 264 de la ley orgánica de protección de niños, niñas y adolescente y USO DE FASCIMIL DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el Artículo 114 de la Ley para el Desarme y control de armas y municiones, en perjuicio de la ciudadana YUDNIS CATALINA CARVAJAL RENGEL