PRIMERO: Se Admite la acusación presentada por la Fiscalía 7° del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del estado Aragua Estado Aragua, en contra del ciudadano JONANGEL DE JESUS GARCIA MEZA, titular de la cedula de identidad Nº V-22.940.813, nacido en fecha:19-01-1994, de 28 años de edad, natural de Maracay estado Aragua, estado Civil Soltero, de profesión u oficio: avenida san Agustín edificio san Agustín piso 1 apto 7 Maracay estado Aragua, teléfono NO POSEE por los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 406 numeral 1ª Del Código Penal, en concordancia con el articulo 458 ejusdem,. SEGUNDO: Se admiten los medios de pruebas ofrecidos por la representación Fiscal, por cuanto los mismos son útiles, legales y pertinentes. TERCERO: Admitida la acusación TOTALMENTE, se impone al acusado JONANGEL DE JESUS GARCIA MEZA, titular de la cedula de identidad Nº V-22.940.813, del procedimiento especial por admisión de hechos establecido en el .....