IV. DISPOSITIVA
En virtud de las consideraciones de hecho y derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Superior Primero Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada Mayra López, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el No. 250.542, en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos Simón Francisco José García Malpica y Douglas Alexander García Pérez, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-4.677.440 y V-11.979.896, respectivamente, contra la sentencia publicada íntegramente en fecha 11 de julio de 2025 (Folios 144 al 163), por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Aragua.
SEGUNDO: SE REVOCA la sentencia recurrida, ya identificada.
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