resulta forzoso para quien decide declarar INADMISIBLE la presente demanda de RESOLUCIÓN DE CONTRATO interpuesta por la ciudadana MARIELA DEL CARMEN ARGUINZONES GÓMEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad V-8.741.121, debidamente asistida por la abogada NOELIS FLORES, inpreabogado número 16.080, contra la ciudadana VIAN JOSEFINA IZQUIEL QUINTERO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número V-9.672.768. Todo en conformidad con los artículos 340 y 341 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia del presente fallo.
Dada, Sellada y Firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Maracay, a los once (11) días del Mes de febrero del Año Dos Mil diez (2010).- Años 199° de la Independencia y 150° de la Federación.
EL JUEZ,
ABG. RAMÓN CAMACARO PARRA. .....