DECISION
Por todo lo antes expuesto este TRIBUNAL PRIMERO DE SUSTANCIACIÓN MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO LABORAL DEL ESTADO ARAGUA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano LUIS ALEXIS QUINTERO GONZALEZ , venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.4.555.465 contra Sociedad Mercantil RELA AUTOADHESIVOS C.A. Debiendo cancelar la suma de VEINTE Y CINCO MIL SETESCIENTOS SESENTA Y OCHO BOLIVARES CON CERO CUATRO CENTIMOS (Bs.25,768,04) mas lo correspondiente a intereses sobre prestaciones sociales y lo que respecta a los intereses moratorios, los mismos son acordados y serán cuantificados a través de una experticia complementaria del fallo, la cual será practicada según lo dispuesto en la norma antes indicada, rigiéndose la experticia complementaria del fallo in comento bajo los siguientes parámetros: 1º) Será realizada por un único perito designado por el T.....