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Decisiones del dia 11/02/2016

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Superior Quinto en lo Civil y Contencioso Administrativo.
Paginas 1 [Total de sentencias: 3] Página 1 de 1
N° Expediente : 15-3747 N° Sentencia : Fecha: 11/02/2016
Procedimiento:
Pruebas Documentales
Partes:
OFICINA REGALADO & ASOCIADOS.C.A, CONTRA EL MUNICIPIO CHACAO DEL ESTADO MIRANDA
Resumen:
Por lo que se refiere a las documentales promovidas en los numerales 1, 2, 3, 4, 5 y 6 del literal I del escrito de promoción de pruebas, este tribunal admite lo promovido en cuanto a lugar en derecho, con respecto al punto 7 del mismo literal relativo a la inspección judicial observa el Tribunal que la misma fue una prueba admitida y evacuada en su oportunidad, y deberá ser apreciada por el Juez al dictar el fallo definitivo, en tal sentido, no hay prueba que admitir en este punto y así se decide.
Juez/Ponente:
Eduardo Luis Cabrera Chirino
Organo:
Juzgado Superior Quinto en lo Civil y Contencioso Administrativo.
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N° Expediente : 16-3795 N° Sentencia : Fecha: 11/02/2016
Procedimiento:
Querella
Partes:
EDUARDO RAFAEL MENDOZA CALANCHE, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº 17.379.296, CONTRA EL ACTO ADMINISTRATIVO Nº 455-15, DICTADO EN FECHA 24 DE SEPTIEMBRE DE 2015, POR EL CONSEJO DISCIPLINARIO DEL CUERPO DE POLICÍA NACIONAL BOLIVARIANA
Resumen:
Ahora bien, este Juzgado luego de revisar la presente querella, admite la misma en cuanto ha lugar en derecho, en consecuencia, se ordena citar al Procurador General de la República y enviarle copias certificadas del escrito contentivo de la querella, del presente auto y copias simples los documentos consignados por la parte actora, para que de conformidad con lo establecido en el artículo 99 de la Ley del Estatuto de la Función Pública en concordancia con los artículos 79 y 80 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, le de contestación a la querella dentro del término de quince (15) días de despacho siguientes a aquel en que se considere consumada su citación, lo que ocurrirá luego de vencidos los quince (15) días hábiles que establece el precitado artículo 80. En aras a la celeridad procesal se ordena a esa Procuraduría remitir a este Tribunal el expediente disciplinario del querellante, el cual debe constar en copias debidamente certificadas y foliadas correl.....
Juez/Ponente:
Eduardo Luis Cabrera Chirino
Organo:
Juzgado Superior Quinto en lo Civil y Contencioso Administrativo.
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N° Expediente : 16-3796 N° Sentencia : Fecha: 11/02/2016
Procedimiento:
Querella
Partes:
GUILLERMO JOSÉ AGUILERA VASQUEZ, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº 8.636.800, ASISTIDO POR EL ABOGADO RICHARD JOSÉ SILVA MENDOZA, INPREABOGADO Nº 88.770, EN SU CONDICIÓN DE DEFENSOR PÚBLICO PROVISORIO SEXTO (6º) CON COMPETENCIA EN MATERIA ADMINISTRATIVA, CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Y PENAL PARA LOS FUNCIONARIOS Y FUNCIONARIAS POLICIALES DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, CONTRA EL ACTO ADMINISTRATIVO Nº 058/2015, DICTADO EN FECHA 16 DE OCTUBRE DE 2015, POR EL DIRECTOR DEL INSTITUTO AUTÓNOMO DE
Resumen:
Ahora bien, este Juzgado luego de revisar la presente querella, admite la misma en cuanto ha lugar en derecho, en consecuencia, se ordena citar al Director del Instituto Autónomo de Seguridad Ciudadana y Transporte (INSETRA) y enviarle copias certificadas del escrito contentivo de la querella, del presente auto y copias simples los documentos consignados por la parte actora, para que de conformidad con lo establecido en el artículo 99 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, le de contestación a la querella dentro del término de quince (15) días de despacho siguientes a aquel en que se considere consumada su citación. En aras a la celeridad procesal se ordena a esa Dirección remitir a este Tribunal el expediente disciplinario del querellante, el cual debe constar en copias debidamente certificadas y foliadas correlativamente, a tal fin se le conceden quince (15) días hábiles a partir de su citación. Notifíquese al ciudadano Alcalde del Municipio Bolivariano Libertador del Distri.....
Juez/Ponente:
Eduardo Luis Cabrera Chirino
Organo:
Juzgado Superior Quinto en lo Civil y Contencioso Administrativo.
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