Por las razones que anteceden, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua actuando en Sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la sociedad de comercio Sociedad Mercantil CONSORCIO PROMOTING, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua en fecha 15-12-1993, bajo el N° 36, Tomo 21-A, a través de su apoderada judicial abogada LEDA VENTURI, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 56.125, contra la sentencia dictada el 23 de enero de 2013 por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de este Circuito Judicial Laboral que declaro INADMISIBLE la acción de amparo interpuesta contra la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Atanasio Girardot, Mario Briceño Iragorry, Santiago Mariño, Francisco L.....