este Tribunal HOMOLOGA el convenimiento realizado por la parte accionada, ciudadano MARIO CESAR SOTO FERRER, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.286.563 y de este domicilio; En cuanto el bien mueble ofrecido como pago de lo adeudado, esta Sentenciadora debe manifestar, lo siguiente: Consta de certificado de registro de vehículo cursante en autos al folio trece (13) del presente expediente, que el mimo se encuentra a nombre del ciudadano MARIO CESAR SOTO FERRER, parte demandada en el presente Juicio, sin embargo, dicho vehículo distinguido con las siguientes características: MODELO: AVEO, MARCA: CHEVROLET, AÑO: 2008, COLOR: PLATA, CLASE: AUTOMÓVIL, TIPO: SEDAN, SERIAL DE CARROCERÍA: 8Z1TJ51618V357735, PLACAS: AA150DV, posee reserva de dominio a favor del Banco Mercantil, en consecuencia de ello, se insta a la parte demandante a consignar prueba mediante la cual se evidencie que se trata de derechos disponibles.-