En consecuencia, definitivamente firme como se encuentra la Sentencia Nº 00326, de fecha 26 de marzo de 2015, emanada del Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político Administrativa, recaída en el Recurso Contencioso Tributario, interpuesto por la sociedad mercantil CONSTRUCTORA NORBERTO ODEBRECHT, S.A, y vencido el lapso para el cumplimiento voluntario, este Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario; administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara la FALTA DE JURISDICCIÓN en la presente causa y ORDENA remitir el expediente a la Gerencia General de Servicios Jurídicos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), a los fines de su ejecución. Líbrese oficio. Cúmplase.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fecha once (11) de abril de dos mil veinticuatro (2024).
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