Con fuerza en los fundamentos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, este Juzgado Vigésimo Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en sede civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la SUSPENSIÓN en el estado de publicar la sentencia de mérito en que se encuentra EL CURSO DEL PROCESO que por DESALOJO tiene intentado el ciudadano EDMUNDO GONZALO CAVALIERI MARCHAN, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad número V-920.878; representado en este proceso a través de sus apoderados judiciales, ciudadanos ANTONIO DE GENNARO ALTAMURA y CARLA SEIJAS GARCIA, Abogados en ejercicio, de este domicilio, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 15.507 y 100.394, respectivamente; contra el ciudadano ABELARDO JOSÉ SABA CASTRO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula .....