Visto el Escrito de Promoción de Pruebas presentado ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de los Tribunales Superiores Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en horas de despacho del día 20 de abril de 2023, (folios 125 y 126), por el ciudadano SERVILIANO ABACHE CARVAJAL, titular de la cédula de identidad N° V- 13.310.588, e inscrito en el inpreabogado bajo el N° 97.739, actuando en su carácter de apoderado judicial de la contribuyente "FULLER INTERAMERICANA, C.A. ("FULLER")", y por cuanto las Pruebas en el contenidas, no son manifiestamente ilegales ni impertinentes, SE ADMITEN, cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva.
El Tribunal para pronunciarse observa: