Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA ACCIÓN MERODECLARATIVA DE CONCUBINATO, incoada por la ciudadana MAGALIS JOSEFINA COLMENAREZ CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.191.360, contra los ciudadanos: TOMÁS EDUARDO ECHEVERRIA COLMENAREZ, YACZULY MILAGRO ECHEVERRIA COLMENAREZ y YALISKA KAROLINA ECHEVERRIA COLMENAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 14.469.370, V- 19.277.948 y V- 21.101.639, respectivamente en los términos expuestos en la parte motiva del presente fallo, siendo la fecha de inicio de la misma el 28 de Febrero de 1979 hasta el 22 de Septiembre de 2003.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en razón de la especial.....