PRIMERO: CON LUGAR la demandada de cumplimiento de contrato de opción de compraventa, interpuesta por los ciudadanos JUAN FRANCISCO MORENO GONZALEZ, MARIA FERNANDA MARTINEZ SUAREZ, RAMON ANTONIO MOROS FONSECA y DARYMAR STEFANIA SILVA DE MOROS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-11.088.727, Nº V-16.132.610, Nº V-15.363.135 y Nº V-14.943.088, respectivamente, a través de sus Apoderados Judiciales, los abogados ROBERTO SEGUNDO CHAVIEDO GOMEZ y JOHN LUIS CHIPMAN HIDALGO, inscrito en el Inpreabogado bajo los Nº 17.505 y Nº 236.582, respectivamente, dirigiendo su pretensión contra la Sociedad Mercantil PROMOTORA COROPO CENTER S.A., RIF: J-29777413-0, debidamente inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, bajo el Nª 50, Tomo 35-A, de fecha 03 de junio del 2009, representada por el ciudadano RICARDO ALFONSO BRICEÑO UZCATEGUI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.296.244, en.....