DECLARA: CON LUGAR, el recurso de apelación ejercido y en consecuencia.
ANULA los actos procesales verificados en conformidad con la Ley Orgánica de Tribunales y Procedimientos Agrarios a partir entrada en vigencia del Decreto con Fuerza de Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, debieron realizarse en conformidad con la nueva Ley Procesal, lo que incluye la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, con sede en la ciudad de El Tigre en fecha 25 de Mayo de 2.005.
DECLARA SU COMPETENCIA para conocer de la presente demanda contra el Instituto Nacional de Tierras (antes Instituto Agrario Nacional) e
INADMISBLE LA DEMANDA