Por las razones que anteceden y de conformidad con lo establecido en los Artículos 267, 269 y 270 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara:
PRIMERO: La PERENCIÓN DE LA INSTANCIA con respecto al recurso ordinario de apelación interpuesto por el Abogado Luís Antonio Barcenas, Inpreabogado N°. 14.909, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil CARPINTERIA FREDD FANN S.A., representada por los ciudadanos RAFAEL BOLIVAR FREDDEY y FANNY MERCEDES INFANTE DE BOLIVAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-7.192.251 y 5.157.959, respectivamente, en su carácter de parte demandada.
SEGUNDO: QUEDA DEFINITIVAMENTE FIRME la decisión de fecha de febrero de 2000, dictada por el Juzgado del Municipio Mariño de la Circu.....