DISPOSITIVA
En razón a las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expuestas este JUZGADO DUODECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, acuerda a favor del ciudadano JACQUI AZOULAY AZOULAY, quien es venezolano, natural de Rabat, República de Marruecos, donde nació el 14-02-1942, de 64 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio Técnico en Contabilidad, residenciado en Avenida Los Próceres, Edificio Jaias, piso 6, pent house, San Bernardino, Caracas, y titular de la Cédula de Identidad N°3.401.812, el beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, en razón de lo cual deberá someterse a régimen de prueba por un período de un (1) año, contados a partir del momento en que quede impuesto de la presente decisión, y bajo la supervisión del delegado de prueba que le sea desig.....