Vistas y estudiadas las actuaciones que conforman el presente expediente contentivo de la ACCIÓN MERODECLARATIVA DE CONCUBINATO, intentada por la ciudadana MARÍA VICTORIA MANZANILLA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-1.920.907, contra los ciudadanos DAVID RAFAEL CASTRO MANZANILLA Y YULEIMA CASTRO MANZANILLA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-13.426.716 y V-13.426.717 respectivamente, específicamente el auto de admisión de fecha 20 de abril de 2010 (ver folio 11), en el cual se ordenó "(...) emplazar a través de edicto a todas aquellas personas que se crean con derechos sucesorales sobre el aservo hereditario dejado por el causante ciudadano RAFAEL CASTRO, para que comparezcan por ante este Tribunal, a darse por citados en el término de sesenta (60) días continuos, contados a partir de que conste en autos la consignación de la publicación y fijación del edicto que se ordena publicar, el cual deberá ser publicado .....