VII. DISPOSITIVA
En razón de las consideraciones de hecho, de derecho y jurisprudencial anteriormente expuestas, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL, interpuesta por los Abogados ALBERTO ARTEAGA GOUVERNEUR y ABG. IRIS GARCIA AÑEZ, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 37.786 y 27.573 respectivamente, apoderados judiciales de los ciudadanos FERNANDO PAREDES NIÑO, quien a su vez actúa como Tutor Interino del ciudadano JOSE ALBERTO ARRIENS NIÑO, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.553.371 V- 5.270.376, en contra de la sentencia de fecha 20 de septiembre de 2010, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua.....