Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de control, audiencias y medidas del Circuito Judicial con competencia en materia de delitos de Violencia contra la mujer de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, sede Maracay, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, ORDENA LA APREHENSION del ciudadano imputado LUIS ALBERTO UZCATEGUI LIRA, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.739.979, de 46 años de edad, Estado civil: soltero, profesión u oficio: abogado, residenciado en: Sorocaima I, calle Guaicaipuro, N° 38, Municipio Santiago Mariño, Maracay, Estado Aragua, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 236 cardinales 1, 2 y 3, en concordancia con el artículo 237 cardinal 1 y Parágrafo Segundo del Código Orgánico Procesal Penal; quien deberá ser conducido ante este órgano jurisdiccional, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a su aprehensión.-