En tal sentido, transcurrido como fue el lapso concedido al ente querellado para que diera cumplimiento a la sentencia dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo en fecha 12 de mayo de 2015 en la cual declaro CON LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto, Se ORDENA reincorporar a la referida ciudadana al cargo de Directora General del Centro Clínico Santa Cruz, Se ORDENA el pago de los sueldos dejados de percibir desde el 25 de septiembre de 2013 (fecha de la notificación de la remoción), hasta su efectiva reincorporación; en consecuencia Este Tribunal Superior, Decreta la ejecución forzosa de la sentencia dictada y da inicio al procedimiento de ejecución previsto en el Articulo 110, ordinales 1 y 3 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, conminándose a la Corporación de Salud del Estado aragua (Corposalud), para que en un lapso de treinta (30) días siguientes a que conste en autos su notificación de cumplimien.....