En razón de lo anteriormente expuesto, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 588 del código de Procedimiento Civil, decreta medida de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre un inmueble constituido por un apartamento ubicado en el Conjunto Residencial El Lago II, Sector E, Edificio Nº 6, distinguido con la letra y numero E-6-2-8 de la planta, Segundo (02) piso, del sector 13 de enero, Mata Redonda, Jurisdicción del Municipio Girardot del Estado Aragua, comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con el apartamento E-6-2-7. SUR: Fachada sur del edificio. ESTE: Fachada este del edificio. OESTE: Con vacío del edificio y sistema de circulación vertical. Dicho inmueble le pertenece a la ciudadana ALIDA NACARID GARCIA PEREZ, mediante documento debidamente protocolizado ante la oficina de Registro Inmobiliario del Primer Circuito del Municipio Girardot del Estado Aragua en fecha 07 de septiembre de 2007, bajo el Nº 46, folios 382 al 388, protocolo Primero, tomo.....