Por los razonamientos de hecho y de derecho aquí expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud que por RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, incoado por el ciudadano NICOLA NOTARTOMASO REALE, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-7.250.216, actuando como Presidente de la Sociedad Mercantil PLATINACAR 2000, C.A., contra los ciudadanos MATTEO NOTARTOMASO ARICCIA y MARIA ALESSANDRA NOTARTOMASO ARICCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 12.336.118 y 14.491.198 respectivamente, en consecuencia, QUEDA RECONOCIDO JUDICIALMENTE el documento privado de CONTRATO DE COMODATO, de fecha 02 de junio de 2024, sobre un (01) inmueble constituido por un Local Comercial, sig.....