El Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia promovidas por la solicitante y evacuadas por ante este mismo Tribunal, y por cuanto no compareció persona alguna interesada, el Tribunal dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Únicos y Universales Herederos, y en consecuencia, declara conforme a los autos a los ciudadanos: JUAN FERNANDO DE FARIA DE SOUSA, MARIA DEL CARMEN DE FARIA SOUSA, MARIA FERNANDA DE SOUSA DE DE FARIA, JOSE CARLOS DE FARIA DE SOUSA y LEONARDO DE FARIA DE SOUSA, supra identificados como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del causante LEONARDO DE FARIA, quien en vida era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.735.788, el cual falleció Ab – Intestato en fecha trece (13) de septiembre de dos mil veinticuatro (2024), según consta en .....