Por los argumentos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley SE DECLARA INCOMPETENTE para conocer de la DECLARACIÓN DE AUSENCIA, solicitado por los ciudadanos ZAPATA DE URBINA LILLY, ZAPATA DE MEZA JUDIT COROMOTO, ZAPATA AGUILERA JOSÉ, ZAPATA AGUILERA REINA FRANCISCA, ZAPATA AGUILERA FELIPE GREGÓRIO, ZAPATA AGUILERA ÁFRICA MARIA, debidamente asistidos por la profesional del derecho CARMEN ALICIA TOMOCHE TRAVIESO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 170.408, y como consecuencia de ello DECLINA LA COMPETENCIA del presente asunto al Juzgado del Municipio José Feliz Rivas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a fin que conozca del mismo. Remítase el presente expediente original junto con oficio al Juzgado del Municipio Jos.....