Por todas las evidencias y razones aquí expuestas, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, SEDE LA VICTORIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR LA SOLIDARIDAD alegada por la parte actora. SEGUNDO: CON LUGAR LA DEMANDA que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES incoara el ciudadano VÍCTOR OSORIO, titular de la cédula de identidad N° V-8.581.879 contra la COOPERATIVA ASO-BARRIDO ZUATA R.L., plenamente identificado en autos. En consecuencia, se condena a la parte demandada a pagar, las cantidades establecidas en la motiva del presente fallo, de la manera allí especificada. TERCERO: Se condena en costas a la parte perdidosa de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo por resultar totalmente vencida en juicio. CUARTO: De acuerdo con la actual Legislación, se ordena la notificación d.....