Por los fundamentos anteriormente expuestos anteriormente, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: INADMISIBLE la Pretensión por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO PRIVADO DE ARRENDAMIENTO (LOCAL COMERCIAL), interpuesta por la ciudadana ANA CECILIA HIDALGO PLAZA, quien manifestó actuar en representación, según consta en documento de poderes que acompaño distinguidos con las letras "G" y "Gl" respectivamente, de la sucesión HIDALGO ROMERO JOSE TEODORO, contra la Sociedad Mercantil PANADERIA, PASTELERIA Y CHARCUTERIA GIRASOL, C.A., todos supra identificados en el encabezado de la presente decisión. Por cuanto las partes se encuentran a derecho, no ha lugar a la notificación de las partes de la presente decisión. En virtud de la especial naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en costas.
Publíquese, Re.....