Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que motiva este juicio y condena a la parte demandada a:
PRIMERO: Entregar un inmueble constituido por: un (01) apartamento ubicado en Residencias Rió Dulce, apartamento 3-C, piso 3, con frente a la avenida 5ta. De la Urbanización San Jacinto del estado Aragua
SEGUNDO: Pagar la cantidad de DIECISIETE MIL QUINIENTOS BOLIVARES (17.500,00) por concepto de pago de cinco (05) mensualidades vencidas correspondientes desde el mes de Noviembre de 2009 al mes de marzo de 2010, a razón de TRES MIL QUINIENTOS (3.500,00) por cada mes.
TERCERO: Pagar la suma de DOS MIL CUATROCIENTOS VEINTE BOLIVARES (2.420,00) por concepto de daños y perjuicios previstos en la cláusula Cuarta del Contrato.
CUARTO: Pagar las costas del .....