Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en Sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1-.COMPETENTE para conocer el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el ciudadano SERGIO WILFREDO DUN TERÁN, titular de la cédula de identidad Nº V-20.484.833, debidamente asistido por la abogada Maryuri Coromoto Romero Chacón, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 76.725 contra el INSTITUTO DE FERROCARRILES DEL ESTADO (IFE).
2-.ADMISIBLE el recurso contencioso administrativo funcionarial, en consecuencia:
2.1 Se ordena citar al Presidente del Instituto de Ferrocarriles del Estado (IFE), a los fines de dar contestación dentro del lapso de quince (15) días de despacho, según el primer aparte del artículo 99 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, una vez vencido el término de .....