SE SUSPENDE LA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR decretada por este Juzgado en fecha ocho (08) de octubre de 2009, y participada mediante oficio Nº 2009-0466, de esa misma fecha, la cual recayó sobre: "Una (01) parcela de terreno y las mejoras y bienhechurias sobre ellas construidas, ubicado en el Asentamiento Campesino Valles del Neverí Nro. 135, de la Carretera Barcelona Naricual, Parroquia El Carmen, Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui, Nro. De Catastro 031-801-U01-059-002-004-000-000-000. La Parcela de Terreno tiene un área Quince Mil Seiscientos Veintisiete Metros Cuadrados Con Treinta y Cinco Centímetros Cuadrados (15.627,35 m2) y está comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: Terrenos de Eusebio Alfonso Guerrero Cáceres y Carretera Vía de penetración en 187, 96 ML; SUR: terrenos de Eusebio Alfonso Guerrero Cáceres en 180,02 ML, ESTE: Carretera Vía Kilómetro 52 en 50,00 ML; y OESTE: terreno ocupado por Manuel Córdova y Mauro Guaicara, con 124,84 ML.....