Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación que interpuso la parte actora contra el fallo que dictó el Juzgado Segundo de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en La Victoria el 06 de agosto de 2012.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión objeto de apelación que declaró la inadmisibilidad de la pretensión de tutela constitucional que incoó el ciudadano LUCIO VICENTE RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nº 6.354.591, mediante la asistencia del abogado Reyes José Sandoval Cardona, contra el MUNICIPIO SANTOS MICHELENA DEL ESTADO ARAGUA.