Por todo los razonamientos anteriormente expuestos, este Organo Jurisdiccional administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad que le confiere la Ley; ACUERDA LA SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, por el lapso de UN (01) AÑO y OCHO (08) MESES, al penado JESUS RAFAEL ITANARE LUNA, quien es Venezolano, natural de Maturín, Estado Monagas, fecha de nacimiento 21/01/1977, de 33 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.634.358, hijo de Rosa Maria Luna (f) y Jesús del Valle Itanare (v), de estado civil soltero, de profesión u oficio Criador de Gallos, dirección de habitación: Calle Guzmán Blanco, cerca de la Panadería El Pan, San Vicente, Estado Monagas; lapso de prueba que iniciará una vez dicho penado sea impuesto de la presente decisión, y a lo sumo comenzará a cumplir ineludiblemente con las condiciones descritas en el capitulo anterior. Todo se realizó conforme a lo pautado en los artículos 493 y 4.....