Por todos los razonamientos de hecho y derecho anteriormente expuestos esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, de conformidad con el encabezamiento del artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, emite los siguientes pronunciamientos:
1) Admite el recurso de apelación interpuesto el abogado Yinder Alexis González Rondón, en su carácter de defensor privado de los ciudadanos Daniel Huerta y David Bruzual, contra la decisión dictada el 13 de octubre de 2010, por el Juzgado Trigésimo Noveno (39º) de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en la cual declaró: "... La NULIDAD de la decisión de fecha 30-06-10, dictada por ese mismo Despacho, mediante la cual se decretó el Archivo de las Actuaciones correspondientes a esa misma causa, de conformidad con lo prev.....