Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala de Juicio, a cargo de la Juez Unipersonal Nro. 1 del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO de dicha Separación de Cuerpos, en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que une a los ciudadanos EDUARDO ALFREDO BADILLO ECHEZURIA y CARIMAY MARIA FUMERO VERDEJO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-11.689.453 y V-7.949.229, respectivamente; celebrado el día 28-07-1990, ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Los Salias, San Antonio de los Altos, Estado Miranda.
Respecto a la patria potestad, guarda, régimen de visitas y obligación alimentaría a favor del adolescente (X) de quince (15) y siete (07) años de edad respectivamente, este Tribunal respeta los términos.....