Por las razones de hecho y derecho anteriormente explanadas, y en mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, de Protección y Bancario de La Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda de fijación de obligación de manutención, incoada por la ciudadana MIRIAN ZORAIDA VELAZCO MONSALVE, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 10.356.555, en beneficio de su hija ******, de Diecisiete (17) años de edad contra el ciudadano CARLOS ALBERTO AZOCAR PORTO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 6.339.280, En consecuencia, se fija judicialmente como Obligación de manutención, la cantidad equivalente al 1/5 parte del salario mínimo vigente, porcentaje éste que debe ir ajustándose a los distintos aumentos del salario mínimo que .....