PRIMERO: LA PERENCIÓN de la Instancia y consecuentemente la Extinción del Proceso interpuesto por los ciudadanos JOSÉ RAFAEL MUÑOZ RIVAS y ADELKYS ENRIQUE BLANCO TOVAR, titulares de la cédula de identidad Nos. V-11.978.929 y V-15.470.893, respectivamente, asistidos por la abogada Silvia Perozo, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 139.269, quienes solicitaron la nulidad de las cláusulas 7, 10, 25, 27 y 80 de la Convención Colectiva 2011-2013 de la sociedad mercantil CENTRAL EL PALMAR, S.A. SEGUNDO: Dada la naturaleza de la presente decisión, no hay condenatoria en costas. TERCERO: Se ordenará por auto separado el cierre y archivo del presente expediente una vez transcurridos los lapsos legales para las apelaciones correspondientes. Procédase a remitir el presente expediente al Archivo Judicial para su ARCHIVO.