Ahora bien, de la pena impuesta al penado JJORGE RAFAEL CHALO ISLANDA, se observa que las medidas alternativas al cumplimiento de la pena y el confinamiento, se cumplen en los siguientes períodos:
1.- DESTACAMENTO DE TRABAJO: al extinguirse un cuarto (1/4) de la pena, a partir del día 09/10/2010 a las 12:00 horas de la noche;
2.- REGIMEN ABIERTO: al cumplir un tercio (1/3) de la pena; a partir del día 10/10/2011 a las 12:00 horas de la noche;
3.- LIBERTAD CONDICIONAL, al extinguir las dos terceras (2/3) parte de la pena; a partir del día 10/10/2015 a las 12:00 horas de la noche;
4.- La CONMUTACION DE LA PENA EN CONFINAMIENTO, al extinguirse las tres cuartas (3/4) partes de la pena; o sea, a partir del día 09/10/2016 a las 12:00 horas de la noche.
SEGUNDO: En virtud de que el penado en referencia fue condenado a pena de prisión, queda sujeto a la pena accesoria prevista en el ordinal 1° del artícul.....