En mérito de las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los pronunciamientos siguientes:
1.- ADMITE el presente recurso de Apelación interpuesto por la ciudadana ABG. SOLI OLIMAR ROMERO REYES, actuando en su carácter de Fiscal Segunda del Ministerio Público de este Estado, y así de declara.
2.- DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto en fecha 09 de Julio del 2010, por la Abogada ABG. SOLI ROMERO REYES, en su carácter de Fiscal Segundo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en contra de la decisión dictada en esa misma data, por el Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó LIBERTAD SIN RESTRICCIONES de los ciudadanos YONNI ROMER CONTRERAS MARQUEZ, titular de .....