Ir a Principal
Institucionales
  Noticias
  Eventos
  Servicios
  Directorio
  Enlaces
  Gestión Judicial
    Gestión
    Audiencias
    Gestión Detallada
  Decisiones
    Ultimas Decisiones
    Por Fecha
    Múltiples Criterios
    Por Tribunal
  Jurisprudencia
    Por Fecha
    Indice Temático
    Múltiples Criterios
  Audiencias
  Foros
Decisiones del dia 13/07/2015

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Superior Quinto en lo Civil y Contencioso Administrativo.
Paginas 1 [Total de sentencias: 4] Página 1 de 1
N° Expediente : 15-3689 N° Sentencia : Fecha: 13/07/2015
Procedimiento:
Demanda
Partes:
RAFAEL ARCÁNGEL CHIRINOS MORALES, DEBIDAMENTE ASISTIDO POR LOS ABOGADOS ÁNGEL RAMÓN MORALES TRUJILLO Y RAFAEL GONZÁLEZ ESPINOZA, CONTRA LA SOCIEDAD MERCANTIL SILENCIO CENTRAL PARK, COMPAÑÍA ANÓNIMA, EN LA PERSONA DE SU PRESIDENTE JOAO BATISTA DE JESÚS SOUSA GOMES, Y EL INSTITUTO METROPOLITANO DE URBANISMO TALLER CARACAS, EN LA PERSONA DE SU PRESIDENTE, CIUDADANO JOSÉ MIGUEL MENÉNDEZ.
Resumen:
Con fundamento a lo antes expuesto este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dispone en los siguientes términos: PRIMERO: ACEPTA LA COMPETENCIA que le fuera declinada y por consiguiente se declara COMPETENTE para conocer de la demanda incoada por el ciudadano RAFAEL ARCÁNGEL CHIRINOS MORALES, debidamente asistido por los abogados Ángel Ramón Morales Trujillo y Rafael González Espinoza, contra la sociedad mercantil SILENCIO CENTRAL PARK, Compañía Anónima, en la persona de su presidente Joao Batista de Jesús Sousa Gomes, y el INSTITUTO METROPOLITANO DE URBANISMO TALLER CARACAS, en la persona de su presidente, ciudadano José Miguel Menéndez. SEGUNDO: Se REPONE la causa al estado de admitir nuevamente. TERCERO: Se ADMITE la demanda interpuesta, en consecuencia se ordena citar al Presidente del Instituto Metropolitano de Urbanismo Taller Ca.....
Juez/Ponente:
Gary Coa León
Organo:
Juzgado Superior Quinto en lo Civil y Contencioso Administrativo.
arriba

N° Expediente : 15-3733 N° Sentencia : Fecha: 13/07/2015
Procedimiento:
Querella
Partes:
MARÍA DE LOS ÁNGELES PINZÓN GÓMEZ, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NO. 18.915.923, E INSCRITA EN EL INPREABOGADO BAJO EL NO. 196.436, ACTUANDO EN SU PROPIO NOMBRE Y REPRESENTACIÓN, CONTRA LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA POR ÓRGANO DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA
Resumen:
Ahora bien, este Juzgado luego de revisar la presente querella, la cual no está incursa en ninguna de las causales de inadmisibilidad, admite la misma en cuanto ha lugar en derecho. Cítese y envíese copia certificada del escrito contentivo de la querella, del presente auto y copias simples de los recaudos consignados por la parte querellante al ciudadano Procurador General de la República, para que de conformidad con lo establecido en el artículo 99 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, le dé contestación a la querella dentro del término de quince (15) días de despacho siguientes contados a partir de aquel en que se de por consumada su citación. En aras de la celeridad procesal se ordena a esa Procuraduría remitir a este Tribunal el expediente administrativo de la querellante de conformidad con el citado artículo 99, el cual debe constar en copias debidamente certificadas y foliadas correlativamente, a tal fin se le conceden quince (15) días hábiles a partir de su notificación.....
Juez/Ponente:
Gary Coa León
Organo:
Juzgado Superior Quinto en lo Civil y Contencioso Administrativo.
arriba

N° Expediente : 15-3652 N° Sentencia : Fecha: 13/07/2015
Procedimiento:
Querella
Partes:
RAIZA MERCEDES COCHO LAYA, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº 10.529.095, ASISTIDA POR LA ABOGADA YOLANDA BORGES CASTILLO, INPREABOGADO Nº 121.931, CONTRA EL INSTITUTO AUTONOMO DE PROTECCION CIVIL Y DE ADMINISTRACION DE DESASTRE DEL ESTADO MIRANDA.
Resumen:
Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la querella interpuesta por la ciudadana RAIZA MERCEDES COCHO LAYA, titular de la cédula de identidad Nº 10.529.095, asistida por la abogada Yolanda Borges Castillo, Inpreabogado Nº 121.931, contra el INSTITUTO AUTONOMO DE PROTECCION CIVIL Y DE ADMINISTRACION DE DESASTRE DEL ESTADO MIRANDA.
Juez/Ponente:
Gary Coa León
Organo:
Juzgado Superior Quinto en lo Civil y Contencioso Administrativo.
arriba

N° Expediente : 15-3661 N° Sentencia : Fecha: 13/07/2015
Procedimiento:
Querella
Partes:
GERAL ALEJANDRO CIANCONE CASTRO, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº 11.063.990, ASISTIDO POR EL ABOGADO ALEJANDRO PACHECO RAMOS, INPREABOGADO Nº 100.618, CONTRA EL INSTITUTO AUTÓNOMO DE POLICÍA DEL MUNICIPIO VARGAS DEL ESTADO VARGAS.
Resumen:
Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dispone en los siguientes términos: PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la querella interpuesta por el ciudadano GERAL ALEJANDRO CIANCONE CASTRO, titular de la cédula de identidad Nº 11.063.990, asistido por el abogado Alejandro Pacheco Ramos, Inpreabogado Nº 100.618, contra el INSTITUTO AUTÓNOMO DE POLICÍA DEL MUNICIPIO VARGAS DEL ESTADO VARGAS. SEGUNDO: Se declara la NULIDAD ABSOLUTA del acto administrativo contenido en la Resolución externa Nº 04 dictada en fecha 25 de febrero de 2014, por la Directora General (E) del Instituto Autónomo de Policía Municipal del Municipio Vargas, mediante la cual se destituyó del cargo de Oficial Jefe al hoy querellante. TERCERO: Se ordena la REINCORPORACIÓN del actor al cargo de Oficial Jefe que venía desempeñando en .....
Juez/Ponente:
Gary Coa León
Organo:
Juzgado Superior Quinto en lo Civil y Contencioso Administrativo.
arriba

Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Informática y Telecomunicaciones del Tribunal Supremo de Justicia. Todos los Derechos Reservados