III
DISPOSITIVO
Con vista a las consideraciones antes expuestas y del análisis exhaustivo de todas las actas que conforman el presente cuaderno de tercería, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: IMPROCEDENTE, el llamado de la ciudadana KARINA DEL CARMEN PACHECO PARRA, venezolana, mayor de edad, identificada con la cédula de identidad N° V-11.982.665, en su condición de fiadora de la parte demandada y tercero forzoso, representada judicialmente por los abogados EMILIO MALPICA, JESUS OCTAVIO SANTOYO NUÑEZ, FRANCISCO JAVIER LOPEZ MERCADO Y FREDDY EDUARDO REYES ALVARADO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 274.516, 6.677, 44.203 y 40.323 respectivamente, interpuesto en el juicio de Desalojo de Vivienda, incoado por la ciudadana OVELIA JIMENEZ DE TORRES, identificada .....