Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de reconocimiento de contenido y firma del documento privado, interpuesta por la parte actora, ciudadano ORANGEL RAFAEL FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.686.444, en contra de la parte demandada, ciudadana MAGALIS FERNÁNDEZ GONZÁLEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.223.767.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular primero del presente fallo, queda RECONOCIDO el contenido y la firma del documento privado que riela al folio siete (7) y su vuelto del presente expediente, suscrito por la ciudadana MAGALIS FERNÁNDEZ GONZÁLEZ, venezolana, mayor de .....