Por virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Duoécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de conversión en divorcio en el procedimiento de separación de cuerpos, intentada por los ciudadanos VALENTIN ENRIQUE CORRALES TORREALBA y NANCY COROMOTO MEDINA DE CORRALES, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de la cédula de identidad Nº V-4.732.663 y V-12.765.073, respectivamente.-
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, contraído por ambos, por ante el Juzgado Noveno de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha veintiocho (28) de diciembre del dos mil dos (2002), asentada bajo el Acta Nº 105.
TERCERO: Líbrese sendos oficios de participación a las .....