, éste Tribunal declara TITULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana: EGLIS MARIBY ARRIOJA SIFUENTES, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-16.434.309, sobre unas bienhechurías, levantadas en un Lote de terreno propiedad Municipal, con una extensión de terrenos que mide: DOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON CINCUENTA CENTIMETROS CUADRADOS (294,50mts2) ubicado en Sector FRANCISCO DE MIRANDA II, Calle principal, Casa Nº43. Villa de Cura, Municipio Zamora del Estado Aragua, identificado cuyos linderos son: NORTE: En 13,75 Mts. Con el Sector Brisas del Prado; SUR: En 12,24 Mts. Con calle principal su frente; ESTE: En 12,10 Mts. Con Casa Nº44; OESTE: En 13,10 Mts. Con Casa Nº42-B, cuyas características y demás determinaciones constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Devuélvase original de lo actuado a la parte interesada. Cúmplase.